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Defensa del río Atrato

DERECHOS DE LA NATURALEZA EN EL CHOCÓ

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CUANDO SE RECONOCEN LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA:

EL CASO DEL RÍO ATRATO Y LOS EFECTOS DEL EXTRACTIVISMO

El río Atrato es parte de una enorme cuenca que cubre 40.000 kilómetros cuadrados y el 60% del departamento del Chocó, alimentado por más de 15 ríos y 300 quebradas.

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El caudaloso río Atrato es el tercer río más navegable de Colombia. Surge en el Cerro Meseta en la cordillera occidental de los Andes, fluyendo hacia el norte hasta el Golfo de Urabá. El río se extiende 750 kilómetros, la mayor parte de los cuales atraviesa la región del Chocó en la Costa Pacífica del país. Chocó es un departamento rico en biodiversidad, minerales y agua de lluvia. Sin embargo, ha sufrido el impacto de la marginación sistemática durante cientos de años. Las prácticas económicas extractivas comenzaron durante el período colonial en América Latina cuando los colonos españoles trajeron africanos esclavizados con la finalidad de extraer oro para el centro de producción de oro en Santa María. El extractivismo no terminó con la independencia de Colombia del dominio colonial español. En cambio, se convirtió en un componente central del modelo de desarrollo económico del estado y una fuente de ingresos para los medios de vida locales, así como para actores armados ilegales y redes criminales.

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En el Chocó, más del 70% de la población vive bajo la linea de pobreza. En contraste, esta cifra ronda el 10% en la ciudad capital de Bogotá.

Chocó como región es distinto en Colombia, ya que el 95% de la población es de ascendencia afrocolombiana y aproximadamente el 3% está compuesto por pueblos indígenas. Si bien, las poblaciones indígenas y afrocolombianas han estado practicando la minería ancestral utilizando métodos mínimamente dañinos durante siglos, el oro en el Chocó que los actores coloniales explotaron violentamente, se convirtió en objeto de minería mecanizada en el siglo XX. En contraste con los métodos tradicionales que las comunidades locales practicaban y continúan utilizando, estas nuevas formas de minería representan graves amenazas ambientales para la cuenca del Atrato. Esto incluye contaminarla con mercurio y cianuro, interrumpir el flujo de los ríos y dañar las ya vulnerables fuentes de alimentos y transporte de los habitantes locales. Estos métodos de minería mecanizada también han sido adoptados por actores ilegales y grupos armados.

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COLLABORATORS

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RESEARCHERS

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REFERENCIAS

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Bernadino Mosquera, guardián del río Atrato, explica el fenómeno de la minería ilegal de oro en el Chocó.

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Entre 1985 y 2013, 279.507 personas, casi la mitad de la población del Chocó fueron víctimas del desplazamiento 

interno, lo que generó una crisis humanitaria de proporciones masivas.

Además, de la minería, agricultura de monocultivo y pérdida de las prácticas agroforestales tradicionales continúan transformando el paisaje contemporáneo de la región. Los chocoanos siguen sufriendo una falta crónica de agua potable y otros servicios básicos, y además, han enfrentado un desplazamiento interno masivo debido a años de conflicto armado. Los residentes dependen del río para cocinar, limpiar, preparar alimentos, recreación y transporte; es su única fuente de agua y, por lo tanto, una parte fundamental de su territorio y vida cotidiana. La degradación ambiental provocada por la minería mecanizada y de draga, la presencia de basura y otros tipos de contaminación, tienen enormes consecuencias para las comunidades ribereñas del Chocó, la salud de la vida acuática y la biodiversidad de la región.

La vida cotidiana a lo largo del Atrato: pescando, lavando ropa y diversos utensilios, transportándose y navegando. 

Imágenes del proyecto La piel del Atrato, Memoria Visible.

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Impactos ambientales y sociales devastadores de la minería de oro en el Chocó. ABColombia 2016

Video que describe los conflictos socioambientales en el Chocó que provocaron la demanda y eventual caso de derechos de la naturaleza para el Atrato. Foro Interétnico Solidaridad Chocó.

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En el 2019 se recogieron más de 7 toneladas de basura del río Atrato gracias a la iniciativa de los ciudadanos.

En respuesta a décadas de daño ambiental, en 2015, un grupo de 

organizaciones afrocolombianas e indígenas y la ONG Tierra Digna 

presentaron una acción de tutela, demandando al gobierno colombiano por haber violado sus derechos fundamentales de no hacer más para detener la minería ilegal y la degradación de la cuenca. La Constitución de 1991 otorga atención especial a la protección del medio ambiente, el derecho humano a un ambiente sano y el derecho de los ciudadanos a oponerse legalmente a la violación de sus derechos fundamentales. Debido al enorme trabajo organizativo por parte de activistas comunitarios y Tierra Digna, la Corte Constitucional, el tribunal con mayor poder del país, decidió a favor de los residentes del Chocó después de que la tutela soportó un largo proceso judicial y un apoyo inicial limitado por parte de jueces conservadores. La sentencia T-622 declaró al río Atrato sujeto de derechos legales con derecho a protección, conservación, mantenimiento y restauración.

Organización comunitaria que logró la Sentencia 

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Padre Sterlin Londoño de la Diócesis de Quibdó en Chocó explica como las comunidades comenzaron a organizarse para recuperar prácticas mineras ancestrales. Esto implicó enfrentar la minería mecanizada, la deforestación y otras formas de degradación ambiental que afectan la cuenca del río Atrato. Explica el largo proceso comunitario que finalmente 

logró impulsar el caso legal.

Resumen de la Sentencia T-622/2016:

  

La ONG Tierra Digna presentó una acción de tutela en nombre y colaboración con cuatro organizaciones comunitarias de la región del Chocó:

  

  • Consejo Comunitario Mayor de la Organización Popular Campesina del Alto Atrato (Cocomopoca)

  • Consejo Comunitario Mayor de la Asociación Campesina Integral del Atrato (Cocomacia)

  • Asociación de Consejos Comunitarios y Organizaciones del Bajo Atrato (Asocoba)

  • Foro Interétnico Solidaridad Chocó (FISCH)

 

Los demandantes argumentaron que por la ineficacia del gobierno, se violaron sus derechos a la vida, salud,  cultura y territorio. Es importante señalar que el uso del río Atrato para actividades como limpiar y preparar alimentos, no sería necesario si el gobierno proporcionara infraestructura que asegure el agua potable para todas las comunidades de la cuenca.

 

En el fallo histórico que resultó en la Sentencia T-622, la Corte Constitucional se puso del lado de las comunidades, creando el marco legal para un caso de derechos de la naturaleza articulando una nueva teoría constitucional de los derechos bioculturales.  Estos derechos reconocen que, para las comunidades que presentaron la acción du tutela, los derechos a la vida, salud, cultura y territorio dependen del mantenimiento de sus relaciones tradicionales con el ecosistema y la cuenca. 

 

La decisión de la Corte ordenó lo siguiente:

 

  • Protección de los derechos fundamentales de los demandantes a la vida, la salud, el agua, la seguridad alimentaria, y un medio ambiente, cultura y territorio saludable.

  • Reconocimiento del río Atrato, su cuenca y afluentes como entidad sujeta a derechos de protección, conservación, mantenimiento y restauración por parte del estado y comunidades étnicas.

  • Obligación de las entidades nacionales y locales, incluidos los municipios demandados, de elaborar un plan de descontaminación del río y territorios aledaños.

  • La obligación de los entes nacionales y locales de crear un plan para neutralizar y erradicar definitivamente las actividades mineras que se realizan ilegalmente no sólo a lo largo del río Atrato y sus afluentes, sino también en el departamento del Chocó.

  • La obligación de los gobiernos nacionales y locales de crear un plan de recuperación de los modos  tradicionales de subsistencia y producción de alimentos en el marco del concepto de etnodesarrollo que garantice una mínima seguridad alimentaria en la zona, que ha sido perturbada por la contaminación, el desplazamiento forzado y despojo.

  • La obligación del gobierno nacional, con el apoyo de instituciones académicas y ONGs, de realizar estudios epidemiológicos y toxicológicos del río.

  • La obligación del gobierno nacional de monitorear el cumplimiento de la sentencia judicial por las entidades implicadas.

 

El ex secretario judicial de la Corte Constitucional Felipe Clavijo Ospina, quien trabajó en el desarrollo de la sentencia legal del río Atrato, explica las implicaciones de la herencia histórica de Colombia del derecho colonial español; las tensiones entre las normas legales dictadas en Bogotá y las realidades regionales del país; y cómo T-622 intentó interpretar y proteger los derechos interculturales y bioculturales en lugar de los derechos de grupos o sujetos particulares.

Reflecciones legales sobre el desarrollo de T-622 Felipe Clavijo Ospina
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Felipe describe la importancia de la visita in situ que el equipo legal de la Corte Constitucional realizó al Chocó; como navegaron el río con las comunidades y también vieron los impactos de la minería en la cuenca desde una perspectiva aérea. Los debates que escuchó entre las comunidades y el hecho de presenciar las relaciones territoriales con el río tuvieron un profundo impacto en su conceptualización del caso legal.

La visita in situ de la Corte al ChocóFelipe Clavijo Ospina
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Este caso que sentó precedentes, fue inspirado en los marcos legales de los derechos de la naturaleza desarrollados en los Estados Unidos, Ecuador, Bolivia, Nueva Zelanda e India y se materializó gracias a una historia de activismo y movilización comunitaria. El caso del río Atrato es un importante logro en una larga historia de conflictos socioambientales y activismo comunitario en Chocó. En los años transcurridos desde la sentencia de la Corte, los líderes comunitarios han logrado modificar los términos de la sentencia a algunas de las dinámicas socioculturales regionales. También continúan lidiando con muchos desafíos mientras trabajan para garantizar la implementación de las órdenes judiciales en un contexto de violencia perpetua y degradación ambiental.

Entendiendo la acción de tutela y su rol en T-622:

 

En comparación con otros países latinoamericanos, el poder judicial colombiano se ha visto a sí mismo como creador y ejecutor de leyes, y ha utilizado este poder en el pasado como un freno al desarrollo voraz e irresponsable; el caso de los derechos de la naturaleza del río Atrato es un ejemplo de tal control.

 

En los 28 años que el tribunal lleva recibiendo tutelas, se han interpuesto alrededor de 7 millones. Sólo un porcentaje muy pequeño de tutelas pasa de la primera ronda de clasificación por parte de estudiantes de derecho de quinto año, después de lo cual un porcentaje aún menor llega a los escritorios de los dos jueces que tienen la tarea de seleccionar los casos más urgentes. La acción de tutela presentada por las comunidades afrocolombianas e indígenas del Chocó fue inicialmente rechazada por los dos jueces conservadores que seleccionaron los casos en ese momento.

 

Sin embargo, activistas comunitarios con el apoyo de Tierra Digna

 trabajaron rápidamente para apelar la decisión y finalmente fueron elegidos en una segunda ronda cuando se encargó a un juez más liberal que seleccionara los casos para ser escuchados. Superando esta notable serie de obstáculos legales, el trabajo de los activistas comunitarios y la ONG finalmente llevó la tutela al escritorio del juez Palacio, quien se desempeñaba en la Corte Constitucional, y quien estaba más en sintonía con los temas ambientales. El juez Palacio abordó el caso haciendo que su equipo legal realizara una visita in situ al Chocó para hablar directamente con las comunidades, escuchar sus preocupaciones, caminar y navegar por el territorio.

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